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Corte Suprema acoge recurso de protección de hincha de Ñublense y podrá volver al estadio

A comienzos de marzo, específicamente el nueve de este mes, informábamos que la Corte de Apelaciones de Chillán había acogido el recurso de protección presentado por Pablo Gómez, vocero del Movimiento Autónomo Ñublensinos de Esfuerzo y Valor.

Con esa resolución, Gómez quedaba habilitado para ingresar nuevamente al Nelson Oyarzún Arenas, ya que desde aproxidamente, seis meses, se encontraba imposibilitado de asistir al estadio, ya que el club había aplicado el derecho de admisión, acusándolo de portar un lienzo.

El caso tuvo un nuevo y definitivo paso positivo para el joven, ya que la Corte Suprema confirmó ayer la resolución adoptada por la Corte de Apelaciones de Chillán, según informó el máximo tribunal de justicia de nuestro país. En fallo unánime, la tercera sala, integrada por cinco ministros, ratificó en todas sus partes y sin modificaciones la sentencia que acogió la acción cautelar presentada por Pablo Gómez Abarca.

“Nos alegra comunicar a la comunidad ñublensina y a los hinchas del fútbol en general, que la Excelentísima Corte Suprema, ha fallado a favor de nuestro vocero Pablo Gómez, y así a favor de todos lo hinchas del fútbol que ejercen su derecho a asistir como ciudadanos a un espectáculo de fútbol, y también, a los que ejercen su derecho a manifestarse libremente y de manera pacífica”, afirmó la agrupación a la que pertenece Gómez en su facebook oficial.

“No hay lugar a dudas, los y las hinchas somos individuos de derecho y el empresariado del fútbol no nos puede negar el derecho a manifestarnos dentro de los estadios, menos, sin un proceso legalmente tramitado previo que justifique la aplicación de medidas de exclusión como la que sufrió nuestro amigo y compañero Pablo Gomez Abarca”, agregaron en el documento publicado por el movimiento.

En tanto, desde el poder judicial y a través de una publicación realizada en su sitio oficial, explicaron que la medida adoptada por Ñublense es una “decisión que carece de una motivación razonable”, además de destacar que no se pudo acreditar “fehacientemente” que fuese él quien extendió el lienzo. “El derecho de admisión debe usarse cuando existan motivos que justifiquen razonablemente la utilización de dicha facultad”, concluye el documento.

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AUTOR ESPECIALIZADO
Periodista titulado en la Universidad de Santiago de Chile, especializado en el fútbol de la Primera B, con experiencia en medios de comunicación deportivos y también de cobertura general. Subeditor de CDF Noticias en el Canal del Fútbol por tres años, con pasos además por Radio Bio Bío, Televisión Nacional de Chile y Canal 24 Horas. Más de 10 años cubriendo el fútbol de Primera B a través de primerabchile.cl. En el año 2023, el Círculo de Periodistas Deportivos lo galardonó con el premio “Mejor Periodista de Regiones”, por el trabajo realizado en primerabchile.cl.

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