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Barnechea se jugó una nueva carta en la Corte de Apelaciones de Santiago. Los metropolitanos recurrieron a la justicia ordinaria para anular la sentencia de los tribunales deportivos de la ANFP que los conderon a la resta de 45 unidades, situación que los manda a la Segunda División de cara al 2025.
Los líos con la licencia de clubes tienen al elenco metropolitano en una delicadísima posición e intentando, a través de diversas gestiones, permanecer en la categoría o al menos en el fútbol profesional. Esto, porque además existe otra sanción, de primera instancia, en la que se desafilia al club. Ese tema debe definirlo la Segunda Sala del Tribunal de Disciplina de la ANFP.
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Respecto del castigo de 45 puntos, en el que Barnechea ya agotó las instancias deportivas, durante la jornada de martes les contábamos que la Corte de Apelaciones rechazó la orden de no innovar solicitada por el club para dejar sin efecto la resta de las 45 unidades.
En ese escenario, los capitalinos jugaron otra carta, un recurso de reposición. “Encontrándonos dentro de plazo, venimos en interponer recurso de reposición en contra de la resolución de fecha 21 de octubre de 2024, rolante a folio 37 de estos autos, a través de la cual S.S. Iltma. rechazó la orden de no innovar solicitada en el segundo otrosí de la presentación de fecha 11 de octubre de 2024, rolante a folio 30 de estos autos; solicitando que sea acogido en todas sus partes y, con su mérito, enmiende la resolución recurrida y en definitiva, se acoja la orden de no innovar solicitada por esta parte”, expuso Barnechea.
El conjunto auriazul asegura que lo que está en juego es la supervivencia de la institución. “De no acoger la solicitud de orden de no innovar, las graves vulneraciones a las garantías de BARNECHEA serán irreversibles y llevarán al cierre del Club”, manifiesta.
La respuesta de la ANFP
A través de un escrito presentado por el abogado José Tomás Eyzaguirre, la ANFP, solicitó a la Corte de Apelaciones, el rechazo a la ampliación del recurso de protección.
Entre sus argumentos, la ANFP asegura que “yaa incluso agotadas las instancias procesales en el Tribunal de Disciplina, no es esta Iltma. Corte el órgano competente para conocer el asunto, sino que le corresponde al Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAD), conforme se establece en el artículo 42.1 de los Estatutos, debiendo el Club Barnechea someter sus disputas, controversias y reclamos en materias propias de la Asociación, de los Estatutos, del Reglamento, y de la normativa interna de la ANFP, a los órganos jurisdiccionales de la Asociación”.
Vale decir, entre otros puntos, manifiesta que Barnechea debería recurrir al TAD o TAS (por sus siglas en francés, Tribunal Arbitral du Sport) y no recurrir a los tribunales ordinarios para solucionar esta controversia.
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Fotografía Ignacio Tapia – Prensa Barnechea.
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