Otra bomba estalla en el fútbol chileno: La investigación interna de la ANFP tras los audios de Francisco Gilabert, entregó sus conclusiones. La principal, hubo maquinación para desacreditar a Javier Castrilli y la comisión de jueces que estaba a cargo de los referÃs nacionales.
“En el curso de la presente investigación, se lograron recopilar antecedentes y datos que evidencian la existencia de actos destinados a desacreditar y difundir información distorsionada para desestabilizar el arbitraje chileno, que dañaron a la Asociación Nacional de Fútbol Profesional y la transparencia de la actividad en su conjunto“, se expresa en el informe publicado por la ANFP.
En el curso de la presente investigación se pudo determinar fehacientemente, en más de 200 páginas del informe de investigación a través de entrevistas, recopilación de datos, informes (externos e internos) y diversas pruebas documentales, que no existe ni ha existido intervención o presión indebida, abuso de autoridad ni injerencia alguna de parte de terceros, respecto a la decisión adoptada por el árbitro, el Sr. Gilabert en el cobro del penal en el minuto 69, del partido de promoción disputado entre Huachipato y Deportes Copiapó, el dÃa 26 de enero del 2022”, se añade.
En esa misma lÃnea, se expone que no hubo ningún llamado desde Santiago. “Descartándose con los antecedentes recabados en el curso de la investigación, cualquier tipo de comunicación desde Santiago con los árbitros presentes ese dÃa en el encuentro”.
No es lo único. Cualquier tipo de arreglo se nieja tajantemente. “Se logró determinar de manera clara y precisa, a través de informes encargados y recibidos de las empresas externas y especializadas en análisis de partidos, Genius, Sport y Sportradar, que se descarta categóricamente cualquier indicio de arreglo, amaño o manipulación del partido en cuestión”.
Por último, niega cualquier violación de los protocolos del VAR.
Recomendaciones
El informe también da cuenta de una serie de recomendaciones. Primero, pasar el caso al Tribunal de Disciplina de la ANFP. La sanción para los involucrados va de los cuatros a los 50 partidos de suspensión o de un mes a tres años de inhabilitación, según corresponda”.
Asimismo, se apunta a hacer llegar los antecedentes al Ministerio Público. “Se castigará con la pena de reclusión menor en cualquiera de sus grados y multa de 50 a 500 Unidades Tributarias Mensuales, al que en recintos particulares o lugares que no sean de libre acceso al público, sin autorización del afectado y por cualquier medio, “capte, intercepte, grabe o reproduzca conversaciones o comunicaciones de carácter privado, sustraiga, fotografÃe, fotocopie o reproduzca documentos o instrumentos de carácter privado; o capte, grabe, filme, o fotografÃe imágenes o hechos de carácter privado que se reproduzcan, realicen, ocurran o existan en recintos particulares o lugares que no sean de libre acceso al público”, cierra el informe, en alusión a las conductas atÃpicas, establecidas en el artÃculo 161-A del Código Penal.
La ANFP dio a conocer su informe tras la investigación por los audios de Gilabert.
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