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Corte Suprema dictamina que la ANFP debe devolver casi un millón de dólares a Deportes Valdivia

La Corte Suprema emitió una decisión final respecto al pleito que sostenía Deportes Valdivia y la ANFP, luego que el ente rector del fútbol chileno se negara a restituirle al “Torreón” las 24 mil UF por concepto de indemnización tras el descenso a Segunda División en el 2020.

La Corte Suprema acogió el recurso de protección deducido en contra de la Asociación Nacional de Fútbol Profesional (ANFP) y determinó que e un plazo de 30 días, deberá restituir esa cifra al conjunto sureño, monto equivalente a casi un millón de dólares.

“Que, como puede observarse de los antecedentes de la causa, por una parte hay un explícito reconocimiento en ella, tanto por las partes recurrente y recurrida y que es ratificado en el fallo en alzada, la circunstancia que la ANFP adeuda a Club de Deportes Valdivia el monto correspondiente a la cuota de indemnización, por el equivalente a UF 24.000. Así consta, además, de los antecedentes que se incorporaron en esta instancia, en presentación de 22 de septiembre de dos mil veintiuno (folio 24), en que se rechaza el pago de la ya señalada cuota”, se expone en el fallo.

Agrega que “por otra parte, la sentencia del Tribunal de Defensa de la Libre Competencia, que se encuentra firme y ejecutoriada, ninguna mención hace acerca de la cuota de indemnización en tanto barrera a la libre competencia, que fue la cuestión sometida a su conocimiento, que pueda haber justificado la negativa de la entrega de la misma a la recurrente. Solamente se señala en el fallo de esta Corte que el pago de la cuota de incorporación constituye, en definitiva, una fuente de financiamiento para solventar la indemnización por descenso y retribuir las inversiones realizadas por el club que desciende a Segunda División, de manera que no son más que los mismos dineros alguna vez aportados, al ascender a Primera B, que le son restituidos al mismo Club, una vez que desciende de dicha categoría a la inmediatamente inferior

Considera además, que no hay justificación para negar el pago de la cifra estipulada. ” Asimismo, se vulnera la garantía del N°24 de la misma disposición constitucional, desde que, reconocido que ha sido el derecho de propiedad del Club Deportes Valdivia a su cuota de indemnización equivalente a UF 24.000, le ha sido negado su pago por la Asociación recurrida sin justificación plausible, lo que convierte dicha decisión en ilegal y arbitraria, debiendo acogerse la acción interpuesta, ordenándose tal pago, en el plazo que se indicará en lo resolutivo”.

Por último, dictamina que “se revoca la sentencia apelada de treinta de abril de dos mil veintiuno y, en su lugar, se declara que se acoge el recurso de protección deducido por la Sociedad El Torreón SADP, concesionaria del equipo de fútbol profesional Club Deportes Valdivia, en contra de la Asociación Nacional de Fútbol Profesional y, en consecuencia, se ordena a esta última proceder a la restitución de la suma equivalente a UF 24.000 en el plazo de treinta días contados desde que la presente sentencia se encuentre ejecutoriada”.

Fotografía Claudio González/Comunicaciones Deportes Valdivia-Archivo.

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