La pelea en los tribunales deportivos entre Lautaro de Buin y Fernández Vial, está lejos de concluir. Cuando se suponía que el “Almirante” debutaría en la Primera B 2021 -jugaba hoy ante Deportes Santa Cruz– el duelo finalmente, se suspendió a última hora.
Tal como informamos esta mañana, Lautaro presentó una denuncia ante el Tribunal de Disciplina de la ANFP, acusando al cuadro penquista de presentar documentación falsa a la ANFP en el caso de cuatro jugadores de la temporada 2020: Pablo Vranjicán, Andrés Segovia, Luis Riveros y Jonathan Soto.
Por lo mismo, solicitaron la suspensión de los partidos de Vial, la resta de puntos y la expulsión del club de la ANFP. Revisemos caso a caso los documentos presentados.
En primer la situación de Jonathan Soto. Lautaro acusa que “el Club Fernández Vial y el jugador, se suscribió un pacto o contrato remuneracional, adicional, bajo la nomenclatura de “ACUERDO” el que NO fue declarado NI inscrito en la ANFP, manteniéndose dicha información y los emolumentos que ahí se dan cuenta, ocultos, fuera de la órbita de fiscalización y control por parte de la ANFP y de la Dirección del Trabajo, en consecuencia, falseando la información entregada”.
![Los documentos que presentó Lautaro y que llevaron a suspender el debut de Vial 1 ANEXO CONTRATO JONATHAN SOTO](https://primerabchile.cl/wp-content/uploads/2021/07/ANEXO-CONTRATO-JONATHAN-SOTO.jpg)
A continuación, compartimos el finiquito de trabajo del futbolista.
![Los documentos que presentó Lautaro y que llevaron a suspender el debut de Vial 2 FINIQUITO SOTO 1](https://primerabchile.cl/wp-content/uploads/2021/07/FINIQUITO-SOTO-1.jpg)
![Los documentos que presentó Lautaro y que llevaron a suspender el debut de Vial 3 FINIQUITO SOTO 2](https://primerabchile.cl/wp-content/uploads/2021/07/FINIQUITO-SOTO-2.jpg)
Sigamos con el caso de Andrés Segovia. La acusación de Lautaro apunta que “el Club Fernández Vial le hacía diversas transferencias de dineros más allá de las declaradas oficialmente a la ANFP, enterándoselas en dos cuentas distintas, unas en el Banco de Chile y otras en su cuenta rut del Banco del Estado”. Manifiesta también que “los dineros ocultos no transparentados oscilaban entre $300.000 y $400.000 mensuales, como dan cuenta las cartolas de los respectivos bancos, acompañadas a esta presentación”.
![Los documentos que presentó Lautaro y que llevaron a suspender el debut de Vial 4 CARTOLAS ANDRÉS SEGOVIA](https://primerabchile.cl/wp-content/uploads/2021/07/CARTOLAS-ANDRÉS-SEGOVIA.jpg)
![Los documentos que presentó Lautaro y que llevaron a suspender el debut de Vial 5 CARTOLA ANDRÉS SEGOVIA 1](https://primerabchile.cl/wp-content/uploads/2021/07/CARTOLA-ANDRÉS-SEGOVIA-1.jpg)
Veamos ahora la situación de Luis Riveros. En este punto, el cuadro metropolitano acusa que “la remuneración del jugador era del orden de $3.000.000 que el Club denunciado, señala e informa a la ANFP, era pagado por el club de Universidad de Concepción, para no sumar o incrementar su límite presupuestario de segunda división. Ahora bien, es del caso consignar que, en la realidad, dicha remuneración era asumida y pagada por el mismo club Fernández Vial, mediante la utilización de facturas inversas entre ambos Clubes bajo la glosa de “Preparación física y futbolística del jugador Luis Riveros” cuyo valor era del mismo importe de $3.000.0000. Lo cierto es que dicha factura es ideológicamente falsa, porque lo que en realidad se hacía era falsear y ocultar el verdadero pago, que era de parte del Club Fernández Vial y de esa forma remunerar al jugador Riveros, y no declararlo como pago en la ANFP”.
![Los documentos que presentó Lautaro y que llevaron a suspender el debut de Vial 6 PAGO A LUIS RIVEROS](https://primerabchile.cl/wp-content/uploads/2021/07/PAGO-A-LUIS-RIVEROS.jpg)
![Los documentos que presentó Lautaro y que llevaron a suspender el debut de Vial 7 PAGO A LUIS RIVEROS 1](https://primerabchile.cl/wp-content/uploads/2021/07/PAGO-A-LUIS-RIVEROS-1.jpg)
En el caso de Pablo Vranjicán se incluyó recorte de prensa del diario deportivo de La Tercera, del día 7 de abril de 2021, en el cual se hace alusión al caso del jugador y la existencia de un pacto contractual anexo al declarado e inscrito en la ANFP.
Fotografía @LautarodeBuin.
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